CINAE remite al SRI la matriz de subcategorías de vehículos eléctricos
El Servicio de Rentas Internas (SRI)
notificó a la Cámara de la Industria
Automotriz Ecuatoriana (CINAE)
sobre la aplicación de la Ley Orgánica
para el Fortalecimiento de las
Áreas Protegidas, que reformó la
Ley de Reforma Tributaria. La
normativa establece que la exoneración
tributaria se aplicará únicamente
a vehículos eléctricos de uso
particular propulsados exclusivamente
por energía eléctrica, que
produzcan cero emisiones directas
y que no cuenten con sistemas de
autogeneración mediante combustión
interna, excluyendo expresamente
a las motocicletas.
En este marco, el SRI solicitó a la
CINAE remitir el listado de subcategorías
vehiculares eléctricas en
comercialización que cumplan con
estas condiciones y, de forma
permanente, reportar toda nueva
solicitud de creación de subcategorías
con la justificación técnica
correspondiente.
Para dar cumplimiento, la CINAE
solicitó información a todas las
empresas y consolidó los datos de
las marcas BYD, CENNTRO,
CHEVROLET, GAC, GREAT WALL,
HYUNDAI, JAC, KIA, LEAPMOTOR,
MAXUS, MG y NETA. Con esta
información, se remitieron dos
oficios al SRI, atendiendo de
manera integral el requerimiento
formulado.
